Mira.
La palabra «procuración» aparece en todas partes.
Y casi nadie la entiende.
Hoy te la traduzco al castellano de la calle.
Significado de procurar y procuracion
Vamos al origen de la palabra.
Procurar significa «gestionar, hacer diligencias para conseguir algo».
De ahí nace procuración: la acción de gestionar algo por cuenta de otra persona.
En el mundo del Derecho, esa gestión tiene un nombre técnico: la representación procesal.
Apoderar a un procurador es, literalmente, darle el poder para que actúe por ti ante el tribunal.
¿Lo ves?
Más simple de lo que parece.
La procuración judicial
En el proceso judicial, la procuración es la facultad que tiene el procurador de actuar en nombre de la parte.
¿Y qué necesita para ejercerla?
Estar apoderado.
Es decir: que la parte le haya conferido ese poder de forma válida.
Ese apoderamiento se acredita de dos maneras habituales:
- Apud acta (comparecencia): ante el letrado de la Administración de Justicia, en el propio juzgado. El cliente comparece y designa al procurador.
- Poder general para pleitos: otorgado ante notario. Es la vía más cómoda: una sola escritura te permite designar procurador en cualquier procedimiento futuro sin volver a comparecer.
Diferencia entre procuracion y procurador
Suenan parecido.
No son lo mismo.
- Procurador: el profesional.
- Procuración: la función o el poder por el que ese profesional actúa por ti.
Cuando dices «la procuración», hablas del encargo y de la representación.
No de la persona.
Preguntas relacionadas que surgen siempre
¿Es obligatorio otorgar poder notarial?
No. El apud acta en el juzgado es suficiente en muchos casos. El poder notarial te da comodidad y rapidez cuando prevés varios procedimientos.
¿Puede el procurador renunciar?
Sí. Y el juzgado exige que se notifique al cliente para que designe a otro procurador sin que el procedimiento se detenga.
¿Qué significa «per procurationem»?
Es una expresión latina que aparece en documentos mercantiles y significa «por poder de». El mismo concepto, aplicado fuera del ámbito judicial.
En resumen
La procuración es el poder de representación.
El instrumento por el que autorizas a un procurador para actuar en tu nombre ante los tribunales.
Se otorga ante el juzgado (apud acta) o ante notario (poder para pleitos).
Y es la llave que activa toda la intervención del procurador en el procedimiento.
Si necesitas apoderar a un procurador para un procedimiento en Asturias, cuéntame tu caso y te indico qué forma de apoderamiento te conviene.
Tú pones el poder. Yo, el resto.
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