Voy a ser claro contigo.
Un abogado y un procurador no son lo mismo.
No son intercambiables.
Y en la mayoría de los procesos hacen falta los dos.
A la vez.
La diferencia en una línea
- El abogado defiende. Asesora, diseña la estrategia jurídica, redacta el contenido de los escritos y se dirige al tribunal en las vistas.
- El procurador representa. Presenta esos escritos, recibe las notificaciones del juzgado y garantiza que la parte esté formalmente presente en cada actuación.
Dicho de otro modo: el abogado decide qué se dice.
El procurador consigue que llegue y se reciba bien.
Dos oficios. Un mismo objetivo.
Tabla comparativa
| Abogado | Procurador | |
|---|---|---|
| Función principal | Defensa y dirección jurídica | Representación procesal |
| ¿Actúa en las vistas? | Sí, es quien interviene | No, salvo actos concretos |
| Presenta escritos | Redacta el contenido | Los presenta ante el juzgado |
| Recibe notificaciones | A través del procurador | Sí, directamente del juzgado |
| Titulación | Grado en Derecho + máster + examen de acceso | Grado + máster + habilitación colegial |
| ¿Es obligatorio? | En la mayoría de procedimientos | En la mayoría de procedimientos |
| Colegio | Colegio de Abogados | Colegio de Procuradores |
La tabla lo dice todo.
Ahora te explico el porqué.
Por qué se necesitan mutuamente
El proceso judicial moderno separa estas dos funciones a propósito.
El juzgado quiere un único interlocutor formal para escritos y comunicaciones.
Ese es el procurador.
La contradicción y la defensa se reservan para el juicio.
Ahí entra el abogado.
Bien.
Cuando falta una de las dos piezas, el procedimiento se atasca.
Subsanaciones.
Requerimientos.
Y, en el peor de los casos, un plazo que se pierde.
Y un plazo perdido es un derecho perdido.
Un caso práctico: divorcio contencioso
En un divorcio contencioso hacen falta abogado y procurador.
El abogado entrevista al cliente, prepara la demanda y defiende en el acto del juicio.
El procurador presenta la demanda en el juzgado de familia, recibe las notificaciones, organiza los señalamientos y actúa en la ejecución si hay medidas que ejecutar.
¿Uno solo?
No basta.
Hacen falta los dos.
¿Y si solo quiero uno de los dos?
- Si solo necesitas representación procesal —ya tienes abogado y quieres que alguien presente y reciba en el juzgado—, contratas un procurador.
- Si necesitas asesoramiento y defensa, contratas un abogado. Y en la mayoría de procedimientos, este te pondrá además un procurador.
En el día a día, suele ser el abogado quien propone al procurador.
Pero tú también puedes designarlo directamente.
Lo importante es que los dos se coordinen.
En el despacho de Gijón trabajo así: cada escrito y cada resolución llega al letrado del caso al momento.
Sin teléfono roto. Sin piezas sueltas.
Preguntas que suelen hacerse
¿Puedo ser abogado y procurador a la vez? Sí. Los dos títulos son compatibles y hay profesionales que ejercen los dos.
¿El procurador cobra aparte del abogado? Sí. Son servicios distintos y se facturan por separado, aunque en la práctica el abogado suele presentar una nota conjunta.
¿Un procurador puede llevar mi caso solo? Puede hacer la parte de representación. La defensa jurídica, no. Para defender necesitas un abogado.
Si tienes un procedimiento en Asturias y quieres saber qué necesitas, escríbeme.
Te lo digo sin rodeos.
Y con los pies en el suelo.
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